GAURKO KONZENTRAZIOA: EZ BONBARDATU FORU. ONDAREA DENONA DA







Las Normas Subsidiarias de planeamiento de Forua, cuya normativa urbanística que aunque se publicó en el BOB de 23 de septiembre de 1992, siguen vigentes, y por ello también se encuentra el Catalogo de edificación protegida anexo a la normativa urbanística. Donde el solar actualmente ocupado por los edificios de los Padres Franciscanos, de unos 8.000 m², que tiene la calificación de equipamiento religioso privado y se encuentra recogida como protegido a nivel local tanto el frontón y el la iglesia y su torre, el convento y el como elementos catalogados y a conservar por su interés arquitectónico, etnográfico, cultural e Histórico-artístico.

Es un hecho que de los seis elementos propuestos por el Gobierno Vasco para ser declarados monumento de la CAV en la localidad, el convento de Forua es el único que es excluido de tal calificación en el PGOU lo que no obedece a la perdida de sus valores históricos o artísticos de tal elemento, si no que a la intención de sacar adelante por encima de todo y de todos el irracional Plan Urbanístico propuesto por la Corporación.

Los problemas surgen cuando la Administración no pondera adecuadamente las circunstancias culturales del bien en cuestión y, transcurrido más o menos tiempo desde su declaración como bien de interés cultural, insiste en que el bien en cuestión debe quedar desprotegido.

Estas iniciativas desprotectoras llaman la atención, aún más, cuando el bien de que se trata no ha sufrido ninguna transformación, es decir, cuando sus valores, aquéllos que motivaron su protección, siguen intactos. ¿Cómo puede justificarse jurídicamente entonces este cambio de criterio en la apreciación del interés cultural de un bien? ¿Nos encontramos ante un supuesto de arbitrariedad de los poderes públicos?

Pues bien, en nuestra opinión, estas situaciones no hacen sino poner en evidencia que, o bien la declaración como bien cultural fue equivocada --cosa que es demostradamente falsa--, o bien es equivocada la desclasificación que se pretende ahora, por estar basada en motivos de oportunidad "inmobiliaria" o de capricho de la Administración de Forua.

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