Imputan por prevaricación al concejal de Urbanismo de Bermeo y a un constructor

Una jueza ordena que se paralice la construcción de unas viviendas en el marco de la investigación al edil de EH Bildu y al promotor
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BILBAO. El Juzgado de Instrucción número 2 de Gernika ha citado a declarar en calidad de imputados al concejal de Urbanismo de Bermeo, Juan Carlos Goienetxea (EH Bildu), y al constructor Tomás Tardío por una operación urbanística promovida en una parcela de la localidad vizcaína. La jueza sospecha que la reclasificación del solar, que pasó de urbanizable a urbano para permitir la edificación de una serie de viviendas en el barrio de San Miguel, podría constituir un delito de prevaricación urbanística. Es decir, se sospecha que el Ayuntamiento de Bermeo pudo autorizar este cambio de ordenamiento para abaratar los costes de construcción en esta polémica parcela 'que había sido previamente adquirida por el promotor', ''a sabiendas'' de que estaba adoptando una resolución injusta. Ante la gravedad de los hechos que se investigan, la magistrada ha ordenado de forma cautelar la paralización de las 16 viviendas que se están levantando en la zona, ha exigido que se corten los suministros y no se conceda la licencia para construir los otros 24 pisos previstos en esa misma parcela.

La investigación penal abierta contra Goienetxea, que fue en su momento alcalde de la localidad, y el representante de la constructora Bermeo Eder Etxegintza está estrechamente relacionada con la sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre este mismo suelo. De hecho, ambos pleitos han sido promovidos por un vecino, propietario de unos terrenos colindantes que no han sido reclasificados, que se siente perjudicado por la actuación municipal. Y es que el cambio de un suelo de urbanizable a urbano conlleva grandes beneficios económicos para los afectados porque exime, entre otras cosas, del abono de costosas tasas.

El fallo judicial anuló cambios en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que afectaban a esta parcela, que fueron autorizados por ''unanimidad'' de forma definitiva en septiembre de 2011, cuando EH Bildu estaba ya al frente del Consistorio, pero comenzaron su tramitación urbanística cuando Bermeo estaba gobernado por el PNV. Los jueces sentenciaron que esta reclasificación es ''expresiva de un urbanismo a la carta que no se compadece con el principio de subordinación al interés público''. El Ayuntamiento de Bermeo, por su parte, decidió recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo y se optó por no frenar la construcción de las viviendas, que han avanzado mucho en los últimos tres meses, a pesar de que un juzgado de lo contencioso prohibió inscribir las escrituras de compra de los pisos en el registro de la propiedad de Gernika.

''Cómo es posible'''

El vecino aportó esta sentencia al Juzgado de Instrucción de Gernika que, de forma paralela, investiga desde hace meses su denuncia penal por un supuesto ''favorecimiento subjetivo de las autoridades municipales al promotor urbanístico''. En este contexto, la jueza ha optado por imputar al concejal de Urbanismo y al promotor después de escuchar los testimonios de varios empleados municipales y de estudiar la documentación aportada en la causa. La magistrada Elena Rodríguez Vadillo insiste en que, a pesar de toda la ''cautela'' que requiere este momento procesal, se aprecian ''indicios'' de que los hechos denunciados pueden tener ''relevancia penal''.

La jueza señala, para empezar, que al denunciante le denegaron el cambio de uso de su parcela por ''carecer de los servicios necesarios''. En cambio, si se concedió esta reclasificación a la promotora, que había comprado poco antes el terreno en la misma zona y que, según algunas fuentes, se podría haber beneficiado. El cambio de planeamiento se hizo, además, a pesar de los informes negativos de un asesor independiente del Ayuntamiento, que desaconsejaba el cambio de uso. ''/¿/Qué ha pasado para que lo que se denegó a una le sea concedido poco después a su colindante' /¿/Cómo es posible esta diferencia de criterio para con parcelas de una misma ejecución sin un informe que lo avale''', se pregunta la magistrada, que insiste en que la falta de respuestas a estas cuestiones indican que ''la falta de legalidad'' podría haber sido decidida a ''sabiendas de su injusticia''. Por eso, ordena la paralización cautelar de las obras por los numerosos perjuicios que conllevaría su finalización en una situación de ilegalidad y pide que se tome declaración a Goienetxea y Tardío en calidad de imputados. Rechaza, en todo caso, la citación de la alcaldesa, Idurre Bideguren, porque ''no se considera necesario en el momento procesal actual?'.
  
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